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El Comité Federal de Radiodifusión se ocupa de las tareas de fiscalización y evaluación de los contenidos en la radio y la televisión considerando que la protección del menor constituye una misión esencial en las políticas del Estado Nacional vinculadas con los medios electrónicos de comunicación.
Esta misión se cumple en el marco de lo dispuesto por la Ley 22.285 de Radiodifusión y recoge además los principios consagrados en la Convención Universal de los Derechos del Niño, incorporada en la Constitución Nacional a partir de 1994.
Para realizar esta tarea, el COMFER cuenta con el Centro de Supervisión Buenos Aires y 32 delegaciones en todo el país, así como un área nacional de Evaluaciones, que se encargan del monitoreo y análisis de los contenidos que se emiten por la radio y la televisión en sus diferentes modalidades.
Este accionar se sustenta en lo previsto por la ley, en los artículos 5 (Objeto de la Ley), 14 (Objetivos de las Emisiones), 15 (Uso del Idioma), 16 (Protección del Destinatario), 17 (Protección al Menor), 18 (Caracteres de la Información), 22 (Participación de Menores), 23 (Anuncios Publicitarios), 24 (Juegos de Azar), 71 (Límites de emisión de Publicidad), y 72 (Transmisiones sin cargo), entre otros. También conforme el Decreto Reglamentario 286/81 en sus Artículos 4 y 5 (Publicidad), 7 (Horario de Protección al Menor), 8 (Mínimos de producción propia), y 10 (Juegos de azar), entre otros.
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